"La constancia es la clave del triunfo"


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11.03.2016 18:54

Sobre acción política del gobierno

Hola chic@s

Aquí os dejo un archivo relacionado con la acción política del gobierno y su diferencia con el resto de sus competencias.

¡Un saludo y mucho ánimo!

la potestad reglamentaria y la función política del gobierno.docx (20198)

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02.01.2016 12:48

AUMENTO Nº JUECES TRIBUNAL GENERAL DE LA UE

Como hace unos días comentamos en alguna clase, se ha modificado algún artículo del Protocolo nº 3 sobre el Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Aquí os dejo el enlace que os direccionará a la página concreta donde podréis ver dicha modificación: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=DOUE-L-2015-82592#analisis

 

No obstante, os concreto que las modificaciones, básicamente, han sido en el número de Jueces que componen el Tribunal General, sin mencionar modificación alguna de ningún otro Tribunal, y que aumentan progresivamente de esta manera:

«Artículo 48

El Tribunal General estará compuesto por:

a) cuarenta Jueces a partir del 25 de diciembre de 2015;

b) cuarenta y siete Jueces a partir del 1 de septiembre de 2016;

c) dos Jueces por Estado miembro a partir del 1 de septiembre de 2019.»

 

 

 

 

 

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30.10.2015 00:31

SOBRE CONSEJO DE DERECHOS HUMANOS

Hola a tod@s

Por considerarlo de interés, y en relación con el tema 15 -sobre Derechos Humanos-, aquí os dejo un adjunto sobre el Consejo de Derechos Humanos.

Sobre el Consejo de derechos humanos_blog.doc (29696)

Un saludo y ánimo.

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25.10.2015 13:16

Sobre Tribunal General y Tribunal de la Función Pública de la UE.

Hola chic@s

El otro día me hizo un compañero vuestro una consulta, que me ha parecido interesante colgarla aquí, respecto a la composición del Tribunal General y Tribunal de la Función Pública, ambos, como sabéis, tribunales que asisten al Tribunal de Justicia Europeo.

Además, os dejo el enlace de la página por si algun@ quiere mirar algo más.

Un saludo y ánimo!!

TRIBUNAL GENERAL Y TRIBUNAL DE LA FUNCIÓN PÚBLICA..doc (29696)

 

https://curia.europa.eu/jcms/jcms/Jo2_7033/

 

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29.09.2015 12:19

VOTACIONES UE

Hola a tod@s

Aquí os dejo el documento que os comenté, respecto al sistema de votación en la UE.

Como vereis, hay que prestar atención a las fechas, desde y hasta cuándo están en vigor, y a las diferentes formas de votar, según si el Consejo actúa o no a propuesta de la Comisión o del Alto Representante de Unión. ¡Ojo a los porcentajes!

Un saludo y ánimo.

 

votaciones.pdf (696685)

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22.07.2015 10:09

Sobre SEFARDÍES

Hola a tod@s

Como ya os indiqué, aquí os dejo la Ley 12/2015, de 24 de junio, en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España.

Veréis que no es muy larga. Así todo, no os compliquéis la vida. Le echáis un vistazo ya que, lo más importante al respecto, lo veremos en clase.

SEFARDÍES BOE-A-2015-7045.pdf (205355)

 

Un saludo y ánimo.

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23.06.2015 10:35

DIFERENCIA DE ÁNIMAS

Hola, aquí os dejo las respuestas a las dudas de uno de vuestros compañeros.

Un saludo y ánimo.

DIFERENCIA ENTRE ÁNIMA LISA Y RAYADA.docx (97185)

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25.04.2015 21:16

SOBRE PROTOCOLOS DE LA CONVENCIÓN EUROPEA DE DEREHCOS HUMANOS


Hola a tod@s

Como ya os adelanté en clase, aquí os dejo una aclaración que considero importante respecto a los Protocolos de la Convención Europea de Derechos Humanos.

Mucho ánimo y gracias a David Chiquero por hacerme ver importante esta aclaración.

Un saludo.



Protocolos de la Convención Europea de Derechos Humanos


            Como sabéis, el sistema de protección que se creó con el Convenio ha evolucionado a través de diversos protocolos que lo complementan.


            Recordamos por tanto que para que cada protocolo entre en vigor es necesario la ratificación de un mínimo de países o por la totalidad de ellos, según la finalidad de dicho protocolo.


            Hasta el día de hoy, y desde 1950, han sido adoptados un total de 14 protocolos.


Pues bien, tenemos que hacer una división de ese total de 14 protocolos. Por una parte tenemos los PROTOCOLOS ADICIONALES y, por otra, los PROTOCOLOS PROCEDIMENTALES.


Vamos a verlos:


PROTOCOLOS ADICIONALES:


Son los destinados a ampliar el listado de derechos que no fueron recogidos en el Convenio y que sólo obligan a los Estados que, habiendo ratificado ya el Convenio, ratifican de manera concreta el referido protocolo.


¿Cuándo entra en vigor el protocolo?: Cuando ha sido ratificado por un número de Estados que él mismo (el protocolo) establece. Y son:

 

  • El Protocolo nº 1, de 1952, incorpora los derechos a la propiedad, a la educación y a la celebración de elecciones libres.
  • El Protocolo nº 4, de 1963, prohíbe la prisión por deudas, regula la libertad de circulación, prohíbe que un Estado expulse a sus nacionales y prohíbe las expulsiones colectivas de extranjeros.
  • El Protocolo nº 6, de 1983, prohíbe la pena de muerte, excepto en caso de guerra.
  • El Protocolo nº 7, de 1984, establece garantías de procedimiento en el caso de expulsión de extranjeros, reconoce el derecho a un doble grado de jurisdicción en materia penal, establece el derecho a indemnización en caso de error judicial, establece el derecho a no ser juzgado dos veces por el mismo delito e instituye la igualdad entre cónyuges.
  • El Protocolo nº 12, de 2000, incorporó una prohibición general de discriminación en la aplicación de cualquier derecho reconocido legalmente.
  • El Protocolo nº 13 (de 3 de mayo de 2002) extiende la abolición de la pena de muerte y la prohíbe en cualquier circunstancia, incluso en tiempos de guerra.


LOS PROTOCOLOS PROCEDIMENTALES:


            Son los que han efectuado importantes modificaciones en el procedimiento de protección de los derechos.


            ¿Cuándo entra en vigor?: Cuando sea firmado por todos los Estados parte. Y son:


  • El Protocolo nº 11 (noviembre 1998) revisó en profundidad el texto de la Convención con el fin de modificar el procedimiento de protección de los derechos. Suprimió la Comisión Europea de los Derechos Humanos y reformó el Tribunal, permitiendo que los individuos presentaran demandas directamente ante él.
  • El Protocolo nº 14 (mayo 2004) completa los mecanismos de control del Convenio. Asimismo, hace más eficiente el sistema europeo de derechos humanos. Ha sido ampliado por el Acuerdo de Madrid, en mayo de 2009.
  • Las disposiciones incorporadas por los protocolos nº 2, nº 3, nº 5 y nº 8 fueron sustituidas por las del Protocolo nº 11. Este último también derogó el Protocolo nº 9. En cuanto al Protocolo nº 10, nunca llegó a entrar en vigor y su contenido quedó superado al ser aprobado el Protocolo nº 11.


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13.12.2014 13:07

ACLARACIÓN ARMA CORTA

Hola a tod@s

 

Bueno, en relación a la duda que se generó respecto a la definición de arma corta, en cuanto a sus medidas, y tras consultar directamente con varias fuentes, como el redactor de un Reglamento de Armas comentado y la Asociación Nacional de Armas, hemos llegado al convencimiento de que hay que entender que si un arma tiene más de 30 cm de cañón ya NO es arma corta. Es decir, que las dos condiciones que se establecen en la definición de arma corta (cañón no superior a 30 cm o longitud total no exceder de 60 cm) tienen que darse conjuntamente.

Llegar a esta conclusión no ha sido fácil, toda vez que existe cantidad de controversia al respecto en foros e, incluso, en organismos oficiales. Asimismo, y por curiosidad, os dejo un enlace donde podréis ver un revólver cuyo cañón excede de 30 cm; si bien, ese arma, no se podría legalizar en España como arma corta. Aquí os dejo el enlace:  https://historiadelasarmasdefuego.blogspot.com.es/2009/06/revolver-zeliska-cal600-magnum-600.html?m=1 

Por último, considero de justicia agradecer a Nelson que con sus razomientos me volviera a generar la duda y que esto me haya hecho salir de mi mal entendimiento. Y a David Chiquero por la inestimable ayuda prestada con sus gestiones.

 

Bueno, aclarado queda y nos vemos pronto.

¡Ánimo!   

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14.10.2014 18:02

MODIFICACIÓN ESTRUCTURA BÁSICA DEL MINISTERIO DEL INTERIOR

Hola a tod@s

Bueno, calentito, calentito, os dejo aquí el Real Decreto, publicado en el BOE de hoy mismo, que modifica un poco el RD 400/2012 del Ministerio del Interior.

Podéis ir echándole un vistazo.

El próximo día comentaremos los cambios.

¡Ánimo!

última MODIFICACIÓN_MINISTERIO_DEL_INTERIORBOE-A-2014-10398-1.pdf (206988)

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